Resolución para apertura del expediente de comercio ambulante de mercadillo

Feb 14, 2018 | Convocatorias y otros anuncios

Resolución de presidencia de fecha 5 de diciembre de 2017 se procede a la apertura del expediente de comercio ambulante bajo la modalidad de mercadillo

Mediante resolución de presidencia de fecha 5 de diciembre de 2017 se procede a la apertura del expediente de comercio ambulante bajo la modalidad de mercadillo y al amparo de la ordenanza vigente, siguiendo el procedimiento indicado cuando el número de peticiones existente es inferior al de plazas convocadas, requerimiento a todas las personas que han mostrado interés en este procedimiento para que aporten solicitud y la documentación indicada en la ordenanza, para lo que se otorga un plazo de 15 días hábiles .

Esta resolución es notificada a D. Francisco José González Montes con fecha de 28-12-2017, a D. Camilo Romero Cabezas con fecha de 15-12-2017, a Edgar Rodríguez Fernández con fecha de 13-12-2017, a D' Manuela Ramos Belmonte con fecha de 19-12-2017, a D. Ramón Flores Bustamante con fecha de 20-12-2017, y a Dº José Luís Cortes Plantón con fecha de 19-12-2017.

D. José María Alameda Fernández , D' Silvia Femández Femández, Dª Cristina Tejada Flores y D' Antonia Ceña Romero, han presentado su solicitud con la documentación anexa directamente por registro de entrada de esta Administración.

Una vez transcurrido el plazo asignado consta las siguientes solicitudes, que una vez cotejadas por el personal adscrito al servicio, cuentan con la documentación completada:

  •     D. José María Alameda Femández.
  •     D. Camilo Romero Cabezas.
  •     D. Francisco José González Montes.
  •     D. Edgar Rodríguez Femández.
  •     Dª Manuela Ramos Belmonte.
  •     Dª Silvia Fernández Femández.
  •     D. Ramón Flores Bustamante.
  •     Dª Cristina Tejada Flores.
  •     D. José Luís Cortes Plantón.
  •     Dª Antonia Ceña Romero.

De conformidad con el artículo 10.2 de la ordenanza vigente la duración de la autorización será por un periodo de 15 años, que podrá ser prorrogado, a solicitud de la persona titular, por otro plazo idéntico, una sola vez, con el fin de garantizar a las personas físicas y jurídicas titulares de la autorización la amortización de las inversiones y una remuneración equitativa de los capitales invertidos. La autorización será transmisible en lo términos previstos en la ordenanza reguladora de la actividad, sin que esta transmisión afecte a su periodo de vigencia.

De conformidad con el artículo 9.6 de la ordenanza vigente cuando se pretenda vender productos alimenticios, el peticionario deberá acompañarse también el preceptivo carnet de manipulador de alimentos.

El Ayuntamiento de Pozoblanco tiene vacantes en la actualidad 22 puestos vacantes, siendo el número de puestos vacantes superior al de peticionarios se eleva la presente Propuesta de Resolución de adjudicación que será expuesta al público durante el plazo de 15 días hábiles mediante inserción en el tablón de edictos de la Corporación Municipal y en la página Web municipal.

Pozoblanco 13 de febrero de 2018

 

Fdo. Concejal Delegado de Comercio
Pedro García Guillén